¿Qué puede aportar la acción socioeducativa en contextos de control social?

Esperanza, por supuesto.
 
Dicho esto, deberemos plantearnos a qué llamamos control social. La opción de definirlo como “represión en manos del Estado de derecho” (Muñoz, F. 1985) sería la que más se ajusta a nuestra idea inicial, sin embargo, parece que en realidad entraría dentro de un “concepto atrapalotodo” (Oliver, P. 2005) asociado a la “cultura de la emergencia policial-penal-punitiva” (Oliver, P. 2005), que ha convertido nuestras sociedades en “sociedades de control”, como ya advertía Deleuze (Jodar, F. 2007).
 
Y no siendo suficiente con generar sociedades de control, se han generado subsistemas de control, como la familia, la escuela, los hospitales, las fábricas, o la cárcel… Este último nos interesa especialmente porque es donde discurre el documental “Adentro”.
En este documental podemos conocer la historia de varios jóvenes reclusos contada en primera persona, su experiencia desde ese lado del muro. Y a medida que van contando, vamos confirmando que efectivamente “el sistema de control social es selectivo, casi todos los sujetos que capta son excluidos” (Pié, A. Coord. 2018), ya lo eran antes de ser sancionados.
 
¿Quiere decir que éste era su destino?, cierto es que “el estigma perpetúa la conducta” (Pié, A. Coord. 2018), puesto que “el individuo se autoetiqueta con un estatus de infractor, en el que el joven es condenado a reincidir en la infracción puesto que no se espera otra cosa de él” (Pié, A. Coord. 2018). Pero cabe pensar en la educación como “contenido transformador y de resistencia que apuesta por un futuro diferente, asumiendo su compromiso político con el cambio, hacia una sociedad más justa”. (Pié, A. Coord. 2018).
Así, ¿qué podemos esperar de la acción socioeducativa?
  • Que se mueva: salir del edificio, romper con lo normativo, saberse incompleto.
  • Que genere antidestino: cambiar la inercia, ofrecer resistencia, practicar la educación como acto político.
  • Que reterritorialize: posibilitar recorridos, facilitar alianzas, ser rizoma.
Y, ¿qué esperamos lograr con ello dentro del contexto de control social? (Pié, A. Coord. 2018)
  • Reducir la vulnerabilidad de los jóvenes a una nueva criminalización por parte del sistema de control social.
  • Disminuir la violencia de las respuestas penales, por medio de una práctica educativa que incorpore un enfoque de derechos humanos.
  • Intensificar la acción educativa, en el marco de la relación educativa que se instala, que apunte a la promoción social de las y de los jóvenes.
Pero al final, lo que necesitan los jóvenes que se encuentran en estos contextos, y que bien puede ser ofrecido desde la acción sociocultural, es ser acompañados en su proceso de inclusión social y cultural, que se potencien sus capacidades, su autoestima, su empoderamiento... que se les ofrezca espacios de reflexión, estimulando los procesos de aprendizaje y asunción de responsabilidades.
Que no necesiten suicidarse para liberar su alma.
Confianza, respeto. Esperanza.
 
 
BIBLIOGRAFÍA
  • Jodar, F. (2007). La escuela del neoliberalismo. LEARTES; educación.
  • Muñoz, F. (1985). Derecho penal y control social. Fundación Universitaria.
  • Oliver, P. (2005). El concepto de control social en la historia social: estructuración del orden y respuestas del desorden. Historia Social (nº51).
  • Pié, A. (coord.), (2018). Justicia, conflicto y educación social. Editorial UOC.
 
 

  

 
 
 


 
 

 
 


 




 

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